Las cortinas de humo de Palacio

Diario El Pueblo 22/01/07

LAS CORTINAS DE HUMO DE PALACIO

Por: JAIME PAREDES CALLA

Primero las declaraciones del Procurador Anticorrupción Gino Ríos, quien mencionaba que el gobierno de Alejandro Toledo había sido más corrupto que el de Alberto Fujimori, posteriormente la “campaña” mediática en la que desde Palacio de Gobierno se mostraban facturas de gastos triviales efectuados por la pareja presidencial que antecede a los nuevos inquilinos García – Nores, y recientemente la interesada polémica sobre la pena de muerte.

No cabe duda que Alan García Pérez, astuto y trajinado político, ha desencadenado sus psicosociales por los que apuesta para que los temas centrales y lo que hay detrás de sus nada santos actos y propuestas pasen desapercibidos, se tratan de “cortinas de humo”. Nos concentraremos en la pena de muerte, la cual es permitida por la Constitución Política vigente de 1993 sólo para el delito de traición a la patria en caso de guerra y el de terrorismo, conforme a las leyes y los tratados de los que el Perú es parte obligada.

Decían (y lo volverán a hacer) los defensores de la ampliación de la pena de muerte que ésta puede ser disuasiva e intimidante, sin embargo, habría que tener en cuenta algunos hechos sobre los que da cuenta Elías Neuman (citado por el constitucionalista Raúl Ferrero Costa, en la revista Quehacer N° 162) cuando indica que “en Canadá, el índice de homicidios por cada 100 mil personas hasta un año antes que se aboliera la pena en 1975 era de 3,09. Con varios años de abolición, en 1983, disminuyó a 2,74 y en 1986 logró un nivel más bajo aún”.

Asimismo, en La Florida (Estados Unidos) “se restituyó la pena mortal en 1979, y en los años subsiguientes (1980 a 1982) el índice de homicidios ¡fue el más alto que se recuerda!”, casos que demostrarían que la pena capital no es disuasoria ni intimidante, y es que como Norberto Bobbio nos dice (citado por el constitucionalista peruano) no es necesario que las penas sean crueles para ser disuasivas, “es suficiente con que sean seguras”. La principal razón para no cometer el delito “no es tanto la severidad de la pena como la certeza de ser castigada de alguna manera”.

Antes que quitar la vida, que únicamente le pertenece a cada persona, nadie (ni siquiera el Estado) puede disponer de ella, la sociedad política y jurídicamente organizada debe mejorar indefectiblemente el sistema de justicia de manera integral (incluyendo el sistema penitenciario y la correcta administración de justicia).

En buena hora el Congreso de la República ha rechazado el proyecto del Ejecutivo, en adelante no debemos permitir que las cortinas de humo de Palacio de Gobierno distraigan a la opinión pública del objetivo medular que aquellas pretenden: en este caso concreto la denuncia de tratados internacionales de los que nuestro país es parte firmante (Convención Americana de Derechos Humanos) retirándose de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con lo que el dictador Alberto Fujimori (que tiene cuentas pendientes con la justicia en materia de corrupción, violación de Derechos Humanos y otros cargos) sería el principal beneficiado. La alianza “aprofujimorista” es evidente en impunidad y corrupción, por higiene democrática los ciudadanos y ciudadanas debemos rechazarla.

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